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CO-SV-24-011

Suscripción de una póliza de seguro de daños materiales de Enresa.
Suscripción de una póliza de seguro que cubra los riesgos que se puedan producir en los bienes propiedad de Enresa conforme a las condiciones que se especifican en el Pliego de Prescripciones Técnicas, las cuales tienen consideración de coberturas mínimas. Se excluye expresamente la responsabilidad civil nuclear
Presupuesto sin impuesto
32.989,00 EUR
Estado Formalizado
Periodo de solicitudes
26/ago/2024 11:00 - 13/sep/2024 13:00
Entidad Enresa
Órgano de contratación
Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, S.A., S.M.E. (ENRESA)
Tipo de Contrato Servicios
Tipo de Procedimiento
Abierto super-simplificado
SARA No
Valor estimado sin impuestos 37.937,35 EUR
Código CPV
66515000-3 Servicios de seguros de daños

Forma de presentación

Estructura de la oferta

  • Oferta definitiva
    • Criterios técnicos objetivos
    • Declaración responsable de pertenencia a grupo empresarial
    • Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos previos
    • Declaración sometimiento a la jurisdicción española
    • Oferta económica
    • Solvencia económica y financiera
    • Solvencia técnica y profesional

Documentos y enlaces publicados del expediente

Documento
Pliego técnico

Pliego de prescripciones tecnicas

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Pliego administrativo

Anexo al PCA

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Documentos adicionales a publicar

Pliego tipo de clausulas administrativas

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Anuncios de licitación publicados

  • Anuncio de licitación

    Publicado el 26/08/2024 a las 10:58

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  • Anuncio de pliegos

    Publicado el 26/08/2024 a las 11:03

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  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 26/08/2024 a las 11:06

  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 26/08/2024 a las 11:06

  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 26/08/2024 a las 11:06

  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 26/08/2024 a las 11:06

  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 23/09/2024 a las 10:47

  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 11/10/2024 a las 14:14

  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 11/10/2024 a las 14:14

  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 11/10/2024 a las 14:14

  • Anuncio de adjudicación

    Publicado el 28/10/2024 a las 11:15

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  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 28/10/2024 a las 11:58

  • Anuncio de formalización

    Publicado el 04/11/2024 a las 10:18

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  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 04/11/2024 a las 11:20

Para poder formular preguntas debe estar previamente registrado, o bien manifestar el interés mediante la inscripción de una solicitud
PREGUNTA 1 -¿Podéis informarnos que se almacena en las naves, por favor? PREGUNTA 2 -¿Cuál es la actividad exacta realizada en el complejo Empresarial de Villar de Cañas?
Enviada

30/ago/2024

Contestada

30/ago/2024

Buenos días, se contesta a las preguntas a continuación: PREGUNTA 1 En las Naves Alcalá de Henares (Madrid), sitas en C/ Iplacea 102, Nave 2-6 y 2-7, Alcalá de Henares (MADRID), la actividad es el archivo documental, almacén y garaje para 3-4 vehículos. Se deposita material de oficina, libros, revistas, mobiliario y enseres diversos. PREGUNTA 2 En el Complejo empresarial Villar de Cañas, sito en el Parque Empresarial, Pol. 510, parc. 101 Avenida del Ingeniero Pablo Zuloaga s/n, Villar de Cañas (CUENCA), no se desarrolla actividad alguna. Un cordial saludo.
En el pliego administrativo se indica que el adjudicatario actúa como Encargado del tratamiento de datos, pero la posición de las aseguradoras es de responsable de tratamiento. Así lo establece la LOSSEAR en su artículo 99 y las distintas resoluciones de la agencia de Protección de Datos cuando analizados asuntos relacionados con entidades aseguradoras. El concepto de encargado de tratamiento se define por la normativa europea de protección de datos, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 (GDPR), como la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio u otro organismo que trate datos personales por cuenta del responsable del tratamiento. Habitualmente el responsable puede externalizar algunos servicios que llevaría a cabo por sí mismo pero que por otros motivos se externalizan a un proveedor de servicios. El sector asegurador está altamente regulado por la normativa y que es supervisado por la autoridad de control (Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones). Un aseguradora sujeta a tanta regulación (Ley 20/2015 de Ordenación, Supervisión y Solvencia de la Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras, Ley de Contrato de Seguro, Normativa de blanqueo de capitales, etc) no podría actuar como encargado de tratamiento. De hecho, la aseguradora no sería capaz de seguir las instrucciones de un cliente (tomador) en una relación de responsable-encargado porque, entre otros motivos, esto podría violar la normativa citada anteriormente que la Aseguradora debe cumplir. El rol de la aseguradora es el de responsable del tratamiento y no implica que se descuiden los datos personales de sus clientes, de ser adjudicatarios presentaríamos declaración responsable conforme se siguen todas las normas de protección de datos aplicables para las compañías aseguradoras. Agradeceremos nos confirmen que en este expediente la adjudicataria no actuará como Encargado del tratamiento de Datos y que la respuesta es vinculante. Gracias
Enviada

09/sep/2024

Contestada

09/sep/2024

La normativa vigente en relación a las empresas aseguradores les exime de actuar como encargados de tratamiento, estando únicamente obligados a asumir el rol de responsables del tratamiento. Un cordial saludo.
Buenos días. Muchisimas gracias por la información que nos has facilitado. A la vista de ella ahora nuestro suscriptor me indica que necesita lo siguiente: -Medidas de protección de la nave donde se almacena el material de oficina y documentos (papel) -Estado de la nave donde no hay actividad… hay algún tipo de vigilancia…? O medidas de protección….? Gracias de antemano.
Enviada

10/sep/2024

Contestada

11/sep/2024

Buenos días, en respuesta a sus preguntas: - El edificio cuenta con todas las medidas de prevención y protección contra incendios que exige la normativa reglamentaria de aplicación, siendo que los distintos equipos, sistemas y componentes que las conforman han sido instalados y son mantenidos por empresas debidamente habilitadas para ello. Asimismo, se encuentra conectado con una central receptora de alarmas de una empresa de seguridad privada con los sistemas de alarma anti-intrusión, videovigilancia y protección contra incendios. Por otro lado, las naves cuentan con un servicio de acuda con custodia de llaves de la misma empresa de seguridad, para que en caso de salto de alarma se personen en las instalaciones, - En el complejo Empresarial de Villar de Cañas se dispone de un contrato de vigilancia y protección física con una empresa de seguridad privada, por lo que las instalaciones están vigiladas de manera permanente por una persona habilitada para ello. Además todos los edificios están dotados de los sistemas anti-intrusión, videovigilancia y protección contra incendios. Un cordial saludo.